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Art. 149 del Código Penal: características de responsabilidad

Según el art. 31 de la Constitución, a los ciudadanos se les permite reunirse sin armas, celebrar pacíficamente manifestaciones y manifestaciones, reuniones, piquetes y marchas. Sin embargo, en relación con una serie de eventos, este derecho se detalla en la Ley Federal No. 54. En particular, la Ley "sobre manifestaciones" estipula que los actos normativos que regulan las condiciones para organizar estos eventos son adoptados por el presidente, el gobierno y también los organismos estatales ejecutivos regionales. Las disposiciones de la Ley Federal son vinculantes para todas las entidades de la Federación de Rusia. Para garantizar el cumplimiento de los requisitos, el Código Penal establece la responsabilidad por la obstrucción ilegal de eventos públicos. Consideremos con más detalle las características de su aplicación.

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Art. 149 del Código Penal

Esta norma define el castigo para las personas que ilegalmente impiden a los ciudadanos que deciden ir a una procesión, piquete o asamblea. La responsabilidad penal también se proporciona para las entidades que obligan a participar en estos eventos. El castigo se aplica a funcionarios quienes utilizaron una posición oficial al cometer acciones ilegales, así como a otros ciudadanos, si sus acciones fueron acompañadas de violencia o la amenaza de su uso.

Responsabilidad

Sujetos que violen la Ley "sobre manifestaciones", así como el art. 31 de la Constitución, serán castigados:

  1. Cobro de efectivo en la cantidad de hasta 300 mil rublos. o igual al salario / otros ingresos por 2 años.
  2. Trabajo forzado que dura hasta 3 años.
  3. Encarcelamiento por el mismo término.

Además de las últimas dos sanciones, el tribunal puede imponer una prohibición de participar en actividades específicas o permanecer en un determinado puesto durante 3 años.

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Explicaciones

El Código Penal anterior (1960) contenía un análogo del art. 149 del Código Penal. De acuerdo con esto, el castigo fue imputado no solo por la obstrucción ilegal de eventos masivos, incluidos los funcionarios. Se estableció la responsabilidad por los mismos actos, acompañados del uso de la violencia, la destrucción de la propiedad, que conlleva graves consecuencias para las víctimas. Art. 149 del Código Penal no contiene parte de estas circunstancias. Mientras tanto, el cuerpo principal delicti se mantiene normal. Además, según los expertos, la edición actual del artículo enfoca a los ciudadanos en la conducción pacífica de eventos masivos.

manifestaciones y manifestaciones

Los detalles del crimen.

La obstrucción ilegal de la celebración de piquetes, procesiones, reuniones y otros eventos de masas, así como la participación en ellos, puede manifestarse por acción o inacción. Por ejemplo, un funcionario autorizado para tomar decisiones sobre su organización puede emitir un acto que ilegalmente prohíbe a los ciudadanos ejercer su derecho constitucional. La acción puede manifestarse creando barreras reales para las personas. Pueden ser tanto objetos materiales como filtros de los agentes de la ley. La inacción se manifiesta, por ejemplo, en la falta de locales para la reunión.

Características obligatorias

En el art. 149 del Código Penal se refiere a dos tipos de delitos. Puede ser un funcionario que haya usado su estado oficial. El sujeto también es un ciudadano que no ocupa ningún cargo responsable. En este caso, puede ser considerado responsable si sus acciones fueron acompañadas de violencia o la amenaza de su uso. Por lo tanto, un tema general y especial se destaca en un delito. El último es un ciudadano sano que ha cumplido los dieciséis años.La esencia de la violencia o la amenaza de su uso es la misma que con la obstrucción de la implementación de los derechos electorales o el funcionamiento de las comisiones electorales.

eventos masivos

Parte subjetiva

Implica la presencia de intención directa en las acciones. Un funcionario culpable de un delito comprende que ilegalmente impide la celebración de un evento o la participación de los ciudadanos en el mismo, y lo desea. Una persona que no ocupa ningún cargo y no utiliza el estado oficial, se da cuenta de que el uso de la violencia o la amenaza es ilegal y no permite que los ciudadanos ejerzan sus derechos constitucionales, pero desea que ocurran las consecuencias.


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