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Cumplimiento de una obligación por un tercero. Artículo 313 del Código Civil de la Federación Rusa.

La ley establece diferentes formas de asegurar las obligaciones. Para cada uno de ellos, se establecen ciertos términos y condiciones.. Los métodos existentes para asegurar obligaciones implican la participación de entidades en relaciones en un estado particular. La entrada en la transacción de otras entidades está documentada. actuación de un tercero

Art. 313: actuación de un tercero

Los principales participantes en la relación, por regla general, son el acreedor y el deudor. Sin embargo, otras entidades pueden ingresar a la transacción. La asignación del cumplimiento de una obligación a un tercero está permitida si la necesidad de implementación personal de las condiciones acordadas no se deriva de la ley, otras regulaciones, el acuerdo original o el contenido de la transacción. Además, la ley establece una regla. El acreedor está obligado a aceptar la implementación propuesta para el deudor. Estas disposiciones se especifican en la parte 1 de este artículo. La segunda parte determina que cuando la propiedad de terceros está en peligro de pérdida en relación con la ejecución hipotecaria, estas entidades pueden satisfacer los intereses del lado pasivo de la transacción por iniciativa propia. Sin embargo, el consentimiento del participante activo no es necesario. En este caso, surgen ciertos derechos de terceros. Satisfaciendo los intereses de la parte pasiva inicial de la transacción, tienen la oportunidad de ejecutar una ejecución hipotecaria en el lado activo de sí mismos.

Naturaleza de las relaciones.

En publicaciones con bastante frecuencia hay indicios de que terceros en derecho civil llevan a cabo solo acciones reales. Esta declaración generalmente actúa como la base para distinguir el estado de las entidades. Es, en particular, que el cumplimiento de las obligaciones por parte de un tercero no significa que se convierta en un participante en la transacción inicial en sí. Al mismo tiempo, sus acciones no pueden llamarse exclusivamente fácticas. Esto se debe al hecho de que generalmente conducen a la terminación del acuerdo entre los participantes originales. Al mismo tiempo, surgen nuevas relaciones en las que el sujeto que satisfizo los intereses del lado pasivo puede presentar sus reclamaciones al deudor. La terminación de la transacción actúa como un evento legal. Las relaciones que surgieron adquieren un carácter similar.

Diferencias de multiplicidad

Dado lo anterior, la naturaleza de las acciones no actúa como una línea divisoria entre la parte de la relación y los terceros. La principal diferencia es diferente. Los terceros no están involucrados en la obligación, sino en su cumplimiento. Se pueden extraer varias conclusiones prácticas de esto. En primer lugar, es necesario distinguir entre la participación de otra entidad en la transacción y el acuerdo tripartito, o la multiplicidad en las relaciones. Este último supone la presencia de varios participantes por un lado. Además, el alcance de sus capacidades legales puede variar. Los principios de cumplimiento de obligaciones en caso de multiplicidad sugieren que el sujeto puede abordar varios participantes simultáneamente. También tiene la capacidad de satisfacer los intereses de varias partes a la vez. Además, el "participante externo" no entra en el acuerdo tripartito inicial en absoluto.

Cambio de tema

El cumplimiento de la obligación por parte de un tercero no se considera un cambio de participantes en la transacción. Las partes en las relaciones en el primer caso siguen siendo las mismas. La transferencia de deuda implica un nuevo acuerdo. Uno de los participantes en la transacción se va y, a cambio, el otro ingresa.La transferencia de deuda también prevé la transferencia de oportunidades legales a un nuevo lado. Su volumen no se puede cambiar. El cumplimiento de una obligación por parte de un tercero implica que todas sus acciones se consideran actos de uno de los participantes. En este sentido, no se permiten referencias a la insatisfacción de intereses en relación con la inacción de un tercero. Una parte pasiva de la transacción tampoco puede aplicar a un tercero. requisitos del deudor

Ocasión especial

Un tercero que no actúa como parte del contrato no puede cambiar sus términos de ninguna manera. Esta oportunidad está disponible solo para los participantes en la transacción original. Esta disposición distingue a una entidad que satisface los intereses de una parte pasiva de un tercero en cuyo favor se celebra un acuerdo. Este último está regulado por el art. 430 del Código. Según las disposiciones de este artículo, una entidad por acuerdo debe tomar las medidas apropiadas a favor de un tercero. Este último, a su vez, tiene la capacidad legal de ejecutarlo. Esta situación tiene ciertas diferencias con respecto a la transacción en la que el tercero es una parte pasiva. No recibe capacidad legal por acuerdo. Los derechos permanecen en este caso con el acreedor original. Por lo tanto, se debe establecer un matiz importante. Un tercero acreedor, a diferencia de un participante externo con capacidades legales independientes, puede cambiar el contenido de la transacción o compensarlo. A su vez, se diferencia del lado pasivo (inicial) habitual de las relaciones por el hecho de que no contribuye a la formación de los términos del acuerdo, sino que solo utiliza sus frutos.

Las diferencias en las disposiciones de los temas en virtud del párrafo 1 y el párrafo 2 del art. 313 del Código Civil

A pesar de algunas similitudes y unidad en una norma, las situaciones descritas en el artículo se diferencian por muchas razones. En primer lugar, la diferencia radica en el papel que la ley asigna a la iniciativa del deudor. Entonces, en el párrafo 1 del artículo se proporciona. El párrafo dos excluye esta iniciativa. Muchos expertos señalan que los principios del cumplimiento de las obligaciones en general no son aplicables al párrafo 2. Según el apartado 1 del art. 408, la satisfacción de los intereses de la parte pasiva implica la terminación de la relación inicial. En virtud del apartado 2 del art. 313 del Código Civil, la transacción continúa existiendo. En este caso, hay una transición de oportunidades legales de un participante pasivo a una entidad externa. En realidad, esto procede de la interpretación dada en el párrafo 2. En esencia, en tales casos tiene lugar una asignación forzada. Es tal sobre la base que el acreedor no puede rechazarlo. La misma consecuencia sería si un participante pasivo cediera voluntariamente sus capacidades legales a una entidad externa.

Pregunta sobre el resultado de las acciones.

Al determinar el cumplimiento de las obligaciones de un tercero, el Código Civil de la Federación de Rusia no contiene una explicación de sus consecuencias. En los casos previstos en la cláusula 1, los tribunales no aplican por analogía los resultados dados en la cláusula 2. En realidad, al considerar la norma de similitud de situaciones, no puede haber situaciones. Esto se debe al hecho de que el cumplimiento de la obligación por parte de un tercero termina la transacción, respectivamente, la asignación de la misma es imposible. Sin prever consecuencias directas en la norma, el legislador pasa la resolución de este problema a la discreción del participante activo en la relación y una entidad externa. El significado de la norma implica la existencia de un cierto acuerdo entre ellos. propiedad de terceros

Las dificultades asociadas con la aparición de un tercero.

El desempeño de terceros suele ser un gran problema. Entonces, en la práctica, hay situaciones en las que una parte pasiva de una transacción, después de recibir el pago de un tercero, se convierte en el demandado en un reclamo de ejecución hipotecaria debido a un enriquecimiento injusto. Veamos algunos ejemplos. Se firmó un acuerdo de arrendamiento entre las dos compañías.Según sus términos, una empresa está obligada a comprar vehículos y transferirlos para uso temporal y propiedad de otra empresa (la segunda parte de la transacción). Este último, a su vez, tuvo que pagar los pagos de arrendamiento correspondientes.

Para garantizar el cumplimiento de la obligación, la segunda compañía acordó transferir el depósito. Un sujeto externo ha entrado en este proceso. Enumeró el primer depósito el depósito requerido. En este caso, el documento de pago indicaba que el pago se realizó en nombre de la otra parte de la transacción y sobre la base de un acuerdo entre esta y el arrendador. Posteriormente, el tercero envió una demanda al tribunal para reembolsar el monto transferido como enriquecimiento injusto. Al mismo tiempo, el solicitante indicó que el pago se realizó por error. El arrendatario, a su vez, indicó que no dio ninguna instrucción a un tercero. El arrendador en las objeciones se refirió a las normas de derecho. En particular, señaló que la transferencia del depósito se considera en este caso de conformidad con el párrafo 1 del art. 313. Además, el acusado se refirió al hecho de que la ley no exige que una entidad externa presente a la parte pasiva un documento que confirme la solicitud del participante activo. contrato de terceros El tribunal de primera instancia satisfizo el reclamo. Al mismo tiempo, la definición indicaba que, en el sentido de la norma, la orden al acreedor de tomar medidas de un tercero corresponde con la capacidad legal del deudor de transferir la implementación de los términos de la transacción a un participante externo. En la primera oración del párrafo 1, surge esta oportunidad. Según la segunda oración, la obligación del participante pasivo parece tomar las acciones de un tercero. Sin embargo, no se aplica a todas las transacciones en general. La obligación actúa en el marco de las relaciones en las que el participante activo aprovecha su oportunidad de transferir la ejecución de los términos del acuerdo a un tercero. Si el sujeto no ha aprovechado esta oportunidad, entonces la segunda oración del párrafo 1 no se aplica. En consecuencia, el acreedor no necesita aceptar la implementación de los términos del acuerdo por parte de un tercero. Esta decisión fue anulada por el tribunal de apelación.

La definición indicó que de acuerdo con el análisis del comportamiento de todos los sujetos, se estableció que el tercero actuó en este caso no por error, sino de acuerdo con las instrucciones del participante activo. El tribunal también señaló que este último era consistente con las acciones de una parte externa. En particular, no proporcionó un depósito, que le fue imputado según los términos del acuerdo. Junto con esto, aceptó valores materiales del acreedor. Las acciones de este último fueron reconocidas por el tribunal como concienzudas y razonables. Como resultado, el tribunal de apelaciones concluyó que según el art. 1102 la consecuencia de un pago erróneo es enriquecimiento injusto el destinatario Además, de conformidad con los artículos 10 y 313 del Código Civil, la deducción a un sujeto de buena fe hecha por un tercero es ilegal. Si no hay consentimiento de la otra parte de la transacción, un enriquecimiento injusto destinatario de la cantidad.

En este sentido, si suponemos que el tercero realizó el pago sin aprobación, entonces, en esta situación, el reclamo por la recuperación del pago principal y los intereses por usar los fondos no pueden ser satisfechos. El tribunal enfatizó que un tercero no podría haber sabido de otra manera sobre la existencia de la transacción. Además, el monto del pago correspondió al monto del depósito establecido. El tribunal de casación revocó la determinación de la apelación y confirmó los argumentos del primer tribunal. En la decisión, se llamó la atención sobre la ausencia de una solicitud del deudor. La ley no prescribe a un destinatario concienzudo que no esté interesado en examinar las relaciones que se han formado entre la otra parte y el participante externo, determinando las razones por las cuales el segundo transfiere la implementación de los términos del acuerdo a otro.

De acuerdo con esto, tribunal de casación indica que el cumplimiento de la obligación no puede considerarse incorrecto si el destinatario no era y no podía ser consciente de la ausencia de su imposición a un tercero, y al mismo tiempo, la implementación de los términos del acuerdo no violaba los intereses del sujeto obligado. La aceptación legítima del destinatario, como USTED consideró, no le permite guiarse por las disposiciones del art. 1102. Esto significa que una declaración de que el contrato para el cumplimiento de las obligaciones a un tercero estaba ausente no indica la ocurrencia de enriquecimiento injustificado por parte de un receptor concienzudo. 313 actuación de un tercero

Otro ejemplo

Se firmó un acuerdo entre el acreedor (empresa A) y el deudor (empresa B) para el suministro de bienes. De acuerdo con sus términos, el primero era enviar el segundo producto y el segundo, a su vez, pagarlo. El pago fue realizado por la empresa B (tercero). En este caso, se indicaron los detalles del acuerdo entre las entidades, los bienes, la información sobre la carta que autoriza la deducción, así como la cuenta del destinatario. Después de aceptar la cantidad, Enterprise A envió los productos para su recogida. Después de un tiempo, la Compañía B presentó una demanda para recuperar el enriquecimiento injustificado del acreedor. Durante la consideración de la disputa, el tribunal determinó que toda la documentación mencionada en orden de pago Además de la carta, se redactó de conformidad con el acuerdo. Sin embargo, la solicitud de la deducción en sí provino de una compañía de terceros G. Ella escribió una carta a la que también se refiere el documento de pago. La demanda fue satisfecha. La definición establece que solo una parte en una transacción puede asignar desempeño. La compañía de terceros G no lo es.

Características de la consideración de casos.

Los ejemplos anteriores tienen mucho en común. Sin embargo, la diferencia clave es la disponibilidad de la carta administrativa en este último caso. A este respecto, surge la pregunta: ¿esta circunstancia afecta la elección del enfoque al considerar esta categoría de casos en los tribunales? Según algunos expertos, no hay dependencia del método de resolución de disputas en estas situaciones. Esto se debe a las siguientes razones:

  1. Al analizar tales casos, se debe partir del hecho de que el acreedor tuvo una oportunidad real de verificar los documentos presentados por el deudor, que confirman el hecho de transferir la implementación de los términos de la transacción a una entidad externa. En otras palabras, es fundamentalmente importante responder a la pregunta de si el receptor, de acuerdo con los datos disponibles para él, podría considerar concienzudamente (razonablemente) que el participante externo realiza acciones en nombre de. Aparentemente, esta es precisamente la esencia del párrafo 1 del art. 313. El enfoque opuesto, en el que el destinatario tiene la responsabilidad de verificar específicamente que el pedido existe, puede causar muchos problemas en la práctica. Por ejemplo, un acreedor, que solicita la confirmación de un deudor, puede convertirse en una entidad vencida en virtud del art. 406. Además, es probable que se le haga responsable por el incumplimiento de los términos del acuerdo, ya que la obtención de la documentación puede llevar mucho tiempo. Es difícil aceptar que la carga sobre el tema de verificar la existencia de relaciones entre el obligado y el tercero en el sentido técnico es insignificante. Esto se debe principalmente al hecho de que la correspondencia entre estos últimos, incluso dentro del mismo acuerdo, puede extenderse por un largo período. Al mismo tiempo, surge de inmediato la pregunta: ¿cómo debe considerar el acreedor la inacción del deudor? En las grandes empresas, existe una práctica en la cual el borrador de la carta, antes de ser firmada por un empleado autorizado, pasa la aprobación en varios departamentos. Como mínimo, toma un día para cada unidad.Como resultado, se forma el siguiente período: 3 días. para la entrega de un documento dentro de la ciudad (de acuerdo con los estándares postales) del acreedor al deudor + 2 días. para recibir, preparar una respuesta y enviar de vuelta + 3 días. para envío por correo. Como resultado, salen 8 días con la condición de que no habrá demoras en ningún lado. asignación de cumplimiento de una obligación a un tercero
  2. La cuestión de probar la existencia del hecho de la propia comisión tiene cierta importancia en el curso de los procedimientos de la controversia. Vale la pena aceptar que, dado que el acreedor no tiene la autoridad para verificar los motivos de acuerdo con los cuales se lleva a cabo el cumplimiento de la obligación por parte del tercero, es poco probable que tenga los valores relevantes.

En este sentido, las posiciones de la primera instancia de casación en el primer ejemplo deben considerarse erróneas, guiándose por las cuales los tribunales establecieron la ausencia del hecho de una orden directa, basándose únicamente en el hecho de que el destinatario no tenía una carta de confirmación.

Abuso probable

Este es otro tema importante que surge en las relaciones con un tercero que cumple con la obligación. Tales acciones en la práctica pueden llevarse a cabo en connivencia con el receptor. Por lo tanto, esta situación viola los intereses del deudor. Por ejemplo, este último puede tener una reconvención. En consecuencia, espera la terminación de la obligación mediante compensación. En tal situación, la participación de una parte externa bloquea esta oportunidad. En consecuencia, se infringirán los intereses del deudor. Sin embargo, en los ejemplos anteriores, no se encontró tal violación. Del contenido de las decisiones judiciales no se ve que los deudores alegaron una violación de sus intereses.

Conclusiones

Lo anterior nos permite argumentar que los argumentos anteriores de la corte en el segundo ejemplo son erróneos. Esto se debe al hecho de que el acreedor no tenía la capacidad de verificar el hecho de la orden. Sin embargo, la implementación directa de los términos del acuerdo por parte de un tercero no violó los intereses de la segunda parte. El hecho de que la carta administrativa presentada en los materiales no provenga del deudor, sino de una empresa completamente diferente, puede considerarse insignificante. Esto puede explicarse por las siguientes razones:

  1. Según los documentos disponibles, el acreedor no puede tener motivos razonables para dudar de que un tercero realice acciones en interés del deudor.
  2. Como parte del procedimiento, el tribunal no estableció que existiera ninguna restricción sobre las capacidades del segundo sujeto de la transacción.
  3. Un tercero, actuando como demandante, puede proporcionar cualquier carta administrativa de cualquier persona para demostrar que la ejecución se llevó a cabo de conformidad con ella. cumplimiento de obligaciones por parte de un tercero

Esto indica la falta de sentido del estudio de documentos por parte del destinatario. Por lo tanto, solo los dos primeros argumentos serán significativos. En cuanto a la protección de los intereses del segundo participante, parece apropiado considerar la relación entre él y el tercero como una transacción independiente, no relacionada con la inicial.


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