Procedimiento penal el enjuiciamiento privado no lo lleva a cabo el investigador o el fiscal, sino la víctima o sus familiares. Para esto, este último constituye un recurso apropiado. La carga de probar la culpabilidad del atacante en el tribunal recae, por lo tanto, en la víctima o sus representantes, incluidos los abogados. Examinemos más detalladamente cómo se manejan los casos de enjuiciamiento privado.
Especificidad
De acuerdo con el Código de Procedimiento Penal, los casos de enjuiciamiento privado se abren solo con la apelación apropiada de la víctima o sus representantes. Al mismo tiempo, vale la pena señalar que la producción también puede terminar con la reconciliación de las partes en la disputa. Los casos de enjuiciamiento privado se abren en los siguientes artículos:
- "Imposición deliberada de daños leves a la salud" (artículo 115 del Código Penal).
- "Golpes" (artículo 116).
- "Calumnia" en ausencia de circunstancias agravantes (la primera parte del artículo 129 del Código Penal).
- "Insulto" (artículo 130).
Estos son casos penales de enjuiciamiento privado, que pueden abrirse a solicitud de la víctima y deben terminarse en caso de conciliación de las partes. La ley permite a la víctima decidir por sí misma qué tan grave fue el acto del delincuente, qué tan profundamente se ven afectados sus intereses. Este participante en el proceso también determina el grado de daño causado a él. La propia víctima decide si quiere iniciar un caso de enjuiciamiento privado. La solicitud de muestra requiere una declaración clara de la posición de la víctima, la justificación de los reclamos hechos con referencia a las regulaciones.
Características clave
Los casos de enjuiciamiento privado tienen las siguientes características distintivas:
- La víctima o sus representantes pueden presentar una denuncia de una infracción para proteger los intereses de uno.
- Tal declaración se considera oficial. Se realiza ante el organismo autorizado: el tribunal, cuya competencia incluye la consideración de dicha queja.
- El delito se incluye en la lista de casos en los que el enjuiciamiento penal queda a criterio de las víctimas.
Estos signos constituyen el aspecto sustantivo de la categoría en cuestión. Las características distintivas de la naturaleza procesal incluyen:
- El enjuiciamiento privado actúa como una forma especial de actividad con procedimientos específicos para iniciar procedimientos y defender argumentos en los tribunales.
- La denuncia de la víctima actúa como base para llevar al criminal ante la justicia.
Actividades afectadas
Representa el desempeño de las funciones de la fiscalía. Contiene rasgos que no son característicos de los delitos considerados en el procedimiento general de los procedimientos judiciales. Independientemente de los detalles del proceso en sí, las tareas del acusado se reducen a proporcionar su propia protección contra los reclamos expresados en la declaración de la víctima. Las actividades de las víctimas en su conjunto pueden considerarse en varios aspectos. Sin embargo, si se examina y discute la opinión sobre el procedimiento de exponer al atacante como una tarea procesal, que está separada de la defensa y la resolución del procedimiento, y el objeto específico que surge entre las partes actúa como el principal objeto de atención, entonces la víctima sin duda se refiere al fiscal.
Aplicación de normas.
Una declaración en un caso penal de un enjuiciamiento privado presentado a una agencia judicial o policial autorizada para procesar debe considerarse como la función de exponer a un atacante. La denuncia dirigida a estos casos implica el establecimiento de la culpabilidad del delincuente, la determinación del castigo. La correcta aplicación de la ley en cualquier caso de enjuiciamiento privado cubierto por el art. 130, parte del primer artículo 129, art. 116, 115 del Código Penal, no solo se centró en garantizar la protección de los derechos e intereses constitucionales de los ciudadanos, educándolos con respeto a las normas de conducta y los requisitos reglamentarios. Contribuye a la eliminación de disputas que surgen en el suelo personal, la prevención en algunos casos de actos más graves relacionados con ellos.
Casos de procesamiento público-público
Estos incluyen los delitos previstos en las primeras partes de los artículos:
- 147 - "Infracción de patentes y derechos de invención".
- 131 - “Violación” en ausencia de circunstancias agravantes.
- 146 - "Infracción de derechos de autor y relacionados".
También se abren casos penales de enjuiciamiento público-privado por la denuncia de la parte perjudicada. Sin embargo, a diferencia de los procedimientos discutidos anteriormente, no se detienen cuando las partes se reconcilian. Los procedimientos para ellos se llevan a cabo de acuerdo con el procedimiento general, de acuerdo con la segunda parte del artículo 27 del CPC. Esto determina su nombre.
El lado subjetivo del proceso.
Los casos penales de un enjuiciamiento privado sin falta requieren la presencia de una víctima. Puede ser una persona que ha sido causada o podría haber sido infligida (si el acto no se completó) daños materiales, corporales o morales como delito. La legislación conecta el comienzo del enjuiciamiento con la recepción de una queja de la víctima porque, en ausencia de una evaluación subjetiva del ciudadano contra el que ha habido un asalto, a menudo es imposible tener una idea de la gravedad y la naturaleza del daño que ha ocurrido o es probable que ocurra. Además, debe tenerse en cuenta que la víctima, para evitar hacer público el incidente, repetidas llamadas al tribunal o al investigador, puede preferir no enviar una declaración para iniciar un proceso privado. En consecuencia, no es posible iniciar procedimientos e investigaciones sin recibir una queja. Por ejemplo, esta situación es típica de los delitos previstos en la primera parte del artículo 131 del Código Penal.
Punto importante
El enjuiciamiento de un enjuiciamiento privado se lleva a cabo solo por organismos autorizados. Esto significa que la queja debe dirigirse a las autoridades correspondientes. Debe contener no solo información sobre lo que sucedió. La denuncia, de hecho, es una solicitud directa para llevar al autor ante la justicia.
Acción judicial
Habiendo aceptado la declaración en el caso de un enjuiciamiento privado, la instancia autorizada está obligada a llevar a cabo su verificación. En primer lugar, se establece la presencia de una razón para comenzar la producción. Por ejemplo, si un delito se presenta únicamente a solicitud de la víctima, la queja se recibe de sus familiares, entonces no se considerará. Dicha comunicación, de conformidad con la ley, no puede reemplazar una queja directamente de la propia víctima.
Reconciliacion
Antes de iniciar el proceso, el juez debe tomar todas las medidas posibles para resolver pacíficamente el conflicto que surgió entre la víctima y la persona a la que se hacen las reclamaciones. Estos incluyen una conversación con el solicitante y el ciudadano respecto de quien se ha redactado la queja. En el curso de la comunicación, el tribunal explica a las partes en conflicto la posibilidad de reconciliación. Es necesario distinguir este procedimiento del rechazo de la queja. La reconciliación debe llevarse a cabo sin la comisión de una acción vigorosa por parte de la corte, que de cualquier manera puede persuadir a las partes para que resuelvan el conflicto.
Solo las acciones voluntarias de las partes en la disputa tendrán consecuencias legales.Si no se puede lograr la reconciliación, el juez, si hay una cantidad suficiente de motivos, toma la decisión de iniciar el procedimiento sobre el caso y establece una reunión. Desde el momento de la adopción de este acto, el sujeto al que reclama la víctima y a quien le pide que comparezca ante la justicia se convierte en el acusado. Se le entrega una copia de la denuncia recibida de la víctima. La consideración del caso en la audiencia puede llevarse a cabo no antes de tres días después de que los acusados reciban el documento especificado. El tribunal también puede negarse a quejarse con la víctima. En este caso, la autoridad autorizada también emitirá una decisión apropiada. Se le otorga a la víctima. A su vez, puede apelar el documento ante un tribunal superior.
Opcional
En caso de detección cuerpos de investigación o las consecuencias de las denuncias recibidas por ellos, la evidencia de los elementos de los actos cubiertos por los artículos 130, 116, 115, así como la parte 1 del artículo 129 del Código Penal, tales comunicaciones deben ser redirigidas a la corte de acuerdo con el procedimiento establecido por el art. 114 Código de Procedimiento Penal. También puede presentarse una reconvención a la primera instancia en nombre de una persona respecto de la cual se ha planteado la cuestión de responsabilizarlo en la apelación de la víctima.
De acuerdo a Art. 109, Parte 5, el juez puede combinar estas quejas en un solo procedimiento y considerarlas juntas. Debido al hecho de que ambas partes simultáneamente en el proceso actúan como el acusado y la víctima, la instancia autorizada garantiza que tengan los derechos procesales previstos en la ley. En los casos establecidos en los párrafos 1 y 4 del artículo 27 del Código de Procedimiento Penal, la víctima implementa todas las posibilidades de la parte, incluidas las relacionadas con la participación personal en la reunión o la participación de su representante. Este derecho se conserva incluso cuando la víctima actúa como demandante civil.
Casos excepcionales
Si el caso de un delito previsto en los artículos 116, 115, 130, en la primera parte de 129, 147, 146 de los artículos del Código Penal, tiene un significado social especial, o si la víctima de los actos o procedimientos especificados en virtud del art. 131 parte 1 del CPC debido a la dependencia de la persona culpable, su posición indefensa o debido a otras circunstancias, no puede proteger sus intereses legítimos, el fiscal puede iniciar el proceso en ausencia de una queja. En tales casos, el funcionario emitirá una decisión apropiada. En él, está obligado a dar motivos que testifiquen la importancia social especial del caso.
Por ejemplo, un delito se comete con cinismo especial, insolencia. Circunstancias especiales pueden estar relacionadas con la identidad de la víctima. El caso, iniciado por el fiscal, se envía a las autoridades. investigación preliminar Al final de la investigación o investigación, los materiales se consideran en el tribunal de manera general. Los casos presentados por el fiscal no se darán por terminados tras la conciliación de las partes.
Audiencia en la corte
La revisión directa se lleva a cabo de acuerdo con las reglas generales de procedimiento, pero con una serie de características. Como parte de un proceso privado, se explica al acusado y a la víctima sus derechos, incluida la reconciliación hasta que se retire al tribunal para ordenar el veredicto en la sala de deliberaciones. Si ha tenido lugar, la audiencia se termina. Si se ha iniciado un caso de enjuiciamiento público, y en el curso de una investigación o juicio en la corte, queda claro que el acto cometido cae bajo el art. 130, parte 1, artículo 129, 116 o 115 del Código Penal, el procedimiento continúa de la manera prescrita para tales crímenes, siempre que la víctima declare su deseo de respaldar los reclamos contra el acusado y llevarlo ante la justicia.
Situación especial
Al considerar un caso penal iniciado de acuerdo con una queja de una víctima que solicitó que una persona rinda cuentas por intento de violación, el tribunal puede establecer que el sujeto del delito se negó a cometer el acto, sin embargo, se infligió un daño leve a la salud de la víctima. En tales circunstancias, el autor debe ser castigado en virtud del art. 115 del Código Penal. En este caso, la legislación no requiere la preparación de una apelación adicional por parte de la víctima para responsabilizar al atacante bajo las reglas de enjuiciamiento privado.En tal situación, el mensaje inicial es de importancia clave, en el cual la víctima insiste en imponer castigo al sujeto.
La ausencia de la víctima
Es posible que la víctima no pueda asistir a la audiencia por una buena razón. En tales casos, se suspende la reunión. Si no se presentó por una razón irrespetuosa (si no se realizó una investigación o investigación preliminar en el caso), el procedimiento se dará por concluido. En este caso, el acusado tiene derecho a presentar una moción en la que puede solicitar al tribunal que considere los materiales sobre el fondo y en ausencia de la víctima. En este caso, la autoridad autorizada debe evaluar la posibilidad de aclarar todas las circunstancias, así como proteger los intereses y derechos legítimos de la víctima.
Conclusión
Con el fin de garantizar la protección de los intereses y derechos de la víctima, en varios casos, se recomendó a los tribunales en presencia de la prensa, reconociendo la culpabilidad del acusado, junto con el veredicto, de adoptar un fallo privado en presencia de la prensa, mientras se consideraban los delitos de insulto que degradaban la dignidad y el honor de un ciudadano. Debe indicar la obligación del representante de los medios de comunicación de publicar información que refute la información que desacreditó a la víctima. Además, este último puede requerir indemnización por daños inmateriales.